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El Congreso de la República expidió la Ley 679 del 3 de Agosto de 2001 para prevenir y contrarrestar la explotación, la pornografía y el turismo sexual con menores de edad.
Esta ley se expidió en desarrollo del artículo 44 de la Constitución Política y su objetivo primordial es dictar medidas preventivas y sancionatorias con el propósito de proteger a nuestros menores de edad de la explotación y el abuso sexual y propender por un desarrollo integral y sano de los mismos.
A través del siguiente enlace puede conocer el texto completo de la Ley 679 de 2001. Adicionalmente, el Gobierno Nacional, expidió el Decreto 1524 de 2002 y el Decreto 0067 de 2003, que reglamentan dicha ley.
La siguiente información es para formular cualquier denuncia contra contenidos de pornografía con menores de edad y páginas electrónicas en las que se ofrezcan servicios sexuales con menores de edad:
Ministerio de Comunicaciones
Dignidad Infantil del Ministerio de Comunicaciones
Teléfono: 01-8000-912667
Sitio Web: www.dignidadinfantil.gov.co/sano.php
Fiscalía General de la Nación
Teléfono: 01-8000-912280
Sitio Web: www.fiscalia.gov.co
email:
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Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Teléfonos: 01-8000-918080 o 6605520- 6605530- 6605540 (Bogotá D.C.)
Sitio Web: www.bienestarfamiliar.gov.co

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